En una reciente sesión especial, los ediles de El Hoyo aprobaron por unanimidad le ordenanza 26/2020, la cual estipula que los comercios e instituciones publicas y privadas deberán evitar la concentración de personas y disponer de materiales de prevención para los clientes, respetar el distanciamiento obligatorio, de al menos 1.5 metros entre cada persona, y el uso obligatorio de tapabocas tanto para clientes, dueños y empleados.
De esta forma, se estableció que a partir del lunes 27 de abril será obligatorio el uso de tapabocas en lugares públicos, para todos los habitantes de la localidad de El Hoyo, hasta que finalice la contingencia actual.
De esta forma, todos los habitantes de la localidad tendrán 10 días para adecuarse a la ordenanza. Si bien será obligatorio a partir del 27 de abril, se recomienda su uso a partir de la fecha.
Por otro lado, se estableció que para quienes no cumplan con la ordenanza, habrá sanciones de multas que oscilaran entre los 250 y 500 módulos (1 módulo = 8 pesos argentinos). Todo lo recaudado por aplicación de multas, será imputado al rubro 20.04.14 “Prevención del coronavirus en El Hoyo” del presupuesto municipal.
Finalmente se requirió que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá ampliar la capacitación en bioseguridad a todos los comercios e instituciones públicas y privadas de la localidad.