Esquel, Trevelin y Cholila recibirán un 40%. Son recursos que provienen de las regalías por la represa.  

Malestar entre dirigentes políticos de la zona había causado el veto a la Renta Hídrica aprobada en la Legislatura de la Provincia. El Poder Ejecutivo decidió bajar la ley impulsada, entre otros, por los diputados Rafael Williams y Carlos Mantegna, como así también por el ex ministro de Economía del Chubut, Ricardo Bestene, y el intendente de Trevelin, Héctor Ingram, entre otros. En respuesta a ello, el propio gobernador Mariano Arcioni dijo que avanzaría con la conformación de un Fondo de Desarrollo para la cordillera.

A comienzos de esta semana fue publicado en el Boletín Oficial del Chubut la creación del denominado “Fondo de Desarrollo Cordillerano”, integrado por las municipalidades y comisiones de fomento de los departamentos de Cushamen, Futaleufú, Languiñeo, Río Senguer y Tehuelches. “La adopción de esta medida tiende a facilitar la inversión en las zonas departamentales detalladas en materia de infraestructura, energía y tecnología”, dice el instrumento, remarcando que el objetivo es el “desarrollo económico de la región”.

El decreto, en su artículo segundo, establece que el 40% de los recursos económicos irán destinados a las localidades de Esquel, Trevelin y Cholila. La distribución entre esos municipios será de la siguiente manera: la mitad en proporciones iguales y el otro 50% de acuerdo a la cantidad de habitantes. Por otro lado, un 50% del total irá para el resto de los departamentos antes mencionados; un 9% percibirá la ciudad de Trevelin para financiar proyectos de obras dirigidos a la readecuación y sistematización del cauce del río Futaleufú. En tanto, el 1% restante quedará en manos de las comunas rurales.

En el artículo tercero se aclara que el Ministerio de Economía y Crédito Público de la Provincia del Chubut transferirá el dinero a los municipios de forma mensual. La masa total de los recursos en cuestión representa el 43,9% de lo percibido por el Estado provincial en concepto de regalías por la hidroeléctrica Futaleufú. El artículo cuarto afirma que los fondos deberán ser utilizados para ejecutar infraestructura vinculada con el desarrollo vial, sanitario, educativo, cultural, tecnológico, productivo, etc. De ninguna manera, los municipios podrán hacer frente a gastos corrientes como el pago de salarios a los empleados, por ejemplo.