Salazar es el policía que tuvo a su cargo una persecución el 17 de mayo de 2020 a las 18:45, iniciada a partir de un incumplimiento al aislamiento social, que finalizó con dos particulares lesionados.
El hecho había sido calificado provisoriamente como constitutivo de Lesiones graves agravadas por ser el autor personal policial en abuso de sus funciones, en concurso real con Lesiones leves agravadas por la misma causa, en concurso ideal con abuso de autoridad. El imputado es un policía que por entonces se desempeñaba en la Comisaría Segunda.
Avanzada la investigación, el equipo fiscal conformado por la fiscal María Bottini y el funcionario Julián Forti, concluyó que no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos de prueba ni fundamentos para requerir la apertura a juicio y por este motivo requirió al juez Jorge Criado, el sobreseimiento del imputado.
Al fundamentar la decisión, los acusadores indicaron que la investigación se inició de oficio ante el anoticiamiento por parte de personal de la seccional segunda de esta ciudad, de una persona lesionada con arma de fuego en el marco de un procedimiento a cargo del Sargento Héctor Daniel Salazar. Se constató ese mismo día el ingreso del herido de arma de fuego al Hospital Zonal Esquel, donde fue operado de urgencia, ya que estaba en peligro su vida. Se constataron lesiones de carácter leve, en el hermano del herido, también con un impacto de proyectil anti tumulto en una de sus piernas, y en su madre un hematoma en la mano derecha que habría sido producto de un forcejeo con el personal policial.
De las actuaciones policiales realizadas por el propio imputado, surge que se inició una persecución policial cuando el damnificado hizo caso omiso a la orden impartida por la policía de dirigirse a la comisaría primera a labrar el acta de rigor ante el incumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio. La versión policial en cuanto a lo que sucedió en el domicilio del damnificado, da cuenta de que este, luego de la persecución ingresa a su domicilio sito en la calle Los Indígenas del Barrio Badén a gran velocidad y derribando el portón de ingreso. El ingreso de esa manera se confirma con la inspección ocular realizada y con los dichos de la propia víctima y de sus familiares. El mismo joven da cuenta que efectivamente cuando el personal de la División Motos lo estaba escoltando a la comisaría, decidió esquivar a la policía y dirigirse a su domicilio para evitar el secuestro de su vehículo, situación ésta que generó la reacción policial.
¿Qué pasó ya en el domicilio?
Se acreditaron las lesiones de cada uno de los ocupantes de la vivienda. Por otro lado, la cabo que participó del operativo, presentó contusión en región posterior izquierda de tórax; mientras que Salazar presentó escoriaciones en la zona del rostro.
También se acreditaron daños en el móvil policial, en el parabrisas delantero y en la parte superior del casco de uno de los policías de infantería que intervinieron. La versión del damnificado da cuenta que efectivamente ingresó a su domicilio atravesando el portón, que previo a ello se escapó de la policía haciendo caso omiso a la voz de “alto”, e incluso esquivando un móvil que se le puso en frente. Que una vez en su domicilio, estaba muy enojado porque le habían dañado el auto, y entonces le tiró con un ladrillo al móvil policial. Que la policía intentó detenerlo pero él se resistió mediante agresiones físicas y también arrojando una piedra. Según su versión es en esos momentos cuando un policía le dispara a muy corta distancia.
¿Cuáles fueron los motivos de ese disparo?
Según emerge tanto del acta de intervención policial como de la denuncia formulada por los policías intervinientes, el disparo se produjo en circunstancias en que el personal policial era agredido con piedras, amenazas y forcejeos por parte de los ocupantes del domicilio. Más concretamente cuando el damnificado estaba por golpear con una piedra en la cabeza a una agente de policía. Que es en ese momento y en el marco de todo lo sucedido con anterioridad (hacer caso omiso a la orden policial de alto, esquivar un móvil policial, dañar el móvil de la policial, agresiones varias mediante insultos y piedrazos, resistencia a la detención mediante agresiones físicas hacia la policía), cuando la violencia iba en escalada y directamente contra la integridad física de una joven agente policial, cuando Salazar dispara y lesiona gravemente al joven.
Bottini concluyó que esta situación “nos lleva a sostener la posibilidad firme de que el actuar del Sargento Salazar estuviera justificada o bien por la legítima defensa de un tercero o bien por actuar en cumplimiento de su deber (art. 34 incs. 4to. y 7mo. del Código Penal). Además la investigación se encuentra agotada y no existe la posibilidad de agregar nuevos elementos que puedan variar el criterio de esta Fiscalía”.
La Fiscalía indicó que el damnificado dijo no estar interesado en la condena del policía involucrado. “Sin perjuicio de ello, cabe señalar que este Ministerio solicitó la apertura de la investigación preparatoria frente a la gravedad de los hechos denunciados y a los actores en juego, lo que amerita el inicio de una investigación profunda sobre lo ocurrido y el anoticiamiento del imputado para darle la oportunidad de hacer su descargo material y ofrecer prueba en tal sentido. Más este Ministerio debe analizar los elementos producidos con arreglo al principio de objetividad que rige nuestra actuación, y es por ello que entendemos no resulta razonable que el caso pase a la siguiente etapa procesal”.
Participó de la audiencia la defensora, Romina Azzolini, quién estuvo de acuerdo con el pedido fiscal.
El juez Jorge Criado dispuso el sobreseimiento de Héctor Daniel Salazar de acuerdo a los fundamentos brindados por la Fiscalía.
Fuente: Ministerio Público Fiscal.