A través del Decreto Nº 345/2021, publicado este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional decidió extender la suspensión de despidos por 30 días, hasta el 30 de junio.

El decreto establece también la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo hasta el 30 de junio inclusive. Quedan exceptuadas aquellas que sean efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo como consecuencia de la emergencia sanitaria.

El pasado 22 de enero el Estado amplió hasta el 31 de diciembre de este año la emergencia pública en materia ocupacional declarada en diciembre de 2019, a poco de iniciada la administración Fernández.

Durante su vigencia los trabajadores afectados por despidos sin justa causa no cuestionados en su eficacia extintiva tendrán derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente. El monto de la duplicación no podrá exceder los $ 500.000 (u$s 5.0 mil)

Fuente: Minuto Uno.