La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó la posibilidad de cancelar el Aporte Solidario y Extraordinario a través de un régimen de facilidades de pago.

El organismo estableció que las personas alcanzadas podrán optar entre el 23 de marzo y el 28 de abril, inclusive, por realizar un anticipo del 20% de la deuda consolidada e ingresar el saldo resultante en cinco pagos mensuales y consecutivos.

La Resolución General N° 4942 dispone que la tasa de financiación para quienes opten por esta vía será la correspondiente a la de los intereses resarcitorios del organismo.

La normativa, que será publicada en el Boletín Oficial, busca contribuir al cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes.

Minuto Uno.