La Fiscalía Federal de Esquel informó este miércoles que tras la denuncia de una cadete del Ejército Argentino, realizada el 4 de abril en la Comisaría de la Mujer de Esquel, se procesó al 2° Jefe del Regimiento de Caballería de Exploración 3 “Coraceros General Pacheco” por acoso sexual y maltrato.

Por la denuncia inicial se inició un receso investigativo en el Regimiento de Caballería del Ejército Argentino de Esquel. En el mismo, se descubrió hubo más víctimas del sujeto, al menos tres soldados voluntarias.

Si bien el expediente se inició con una denuncia, lo cierto es que “como producto de la investigación se hallaron más víctimas del accionar el procesado, por lo que el requerimiento de citación a indagatoria superó el primer escenario planteado”, indicaron desde la Fiscalía.

Durante el transcurso de la investigación, en el Ministerio Público Fiscal de la localidad cordillerana, además de prueba documental, informática y de fotografías, se obtuvieron más de treinta declaraciones testimoniales que confirmaron los hechos denunciados.

Luego que el imputado prestara indagatoria, el Juzgado Federal decidió procesar al 2° Jefe del Regimiento de Caballería de Exploración 3 “Coraceros General Pacheco” del Ejército Argentino, Matías Castro Ramos por ser hallado como “autor de los delitos de coacción cometidos en perjuicio de dos víctimas, dos hechos que concurren de manera real entre sí, en concurso real con el delito de maltrato arbitrario valiéndose de la autoridad militar a un subordinado cometido en perjuicio de otra víctima”.

Además, desde la Fiscalía se informó que respecto de los delitos de amenazas coactivas, “se le atribuye haber manifestado frases en las que literalmente anunciaba un daño futuro buscando obligar a las víctimas a ceder a sus insinuaciones sexuales previas”.

También, la Justicia consideró “comprobado que ambas destinatarias de las amenazas son soldados voluntarias mujeres que no superan los 25 años, siendo en uno de los casos el único sostén económico de familia y materializadas en su ámbito laboral valiéndose de la superioridad jerárquica que gozaba el imputado como segunda autoridad del Regimiento”.

Así, se concluyó que “en este contexto, las amenazas fueron proferidas sin motivos legítimos, en forma deliberada, en un contexto de especial vulnerabilidad de las víctimas por la asimetría jerárquica referida y por los antecedentes concretos de violencia de género materializado en insinuaciones sexuales por parte del mismo agresor, alcanzando la entidad suficiente para obligarlas –como mínimo- a tolerar un alto nivel de malestar, miedo e incertidumbre en su ámbito laboral, en algunos casos incluso consecuencias perjudiciales en su estado de salud”.

Con relación al delito de maltrato arbitrario, el fallo consideró que “no caben dudas de que en el marco de un control de guardia llevado adelante por el imputado, en cumplimiento de sus funciones como 2º Jefe del Regimiento, buscó aleccionar a la soldado voluntaria (víctima) ordenándole en dos oportunidades la realización de un mismo ejercicio con el objeto de demostrar mediante la práctica de su autoridad, las consecuencias negativas que implicaba negarse a mantener relaciones sexuales con él”.

De esta forma, se evaluó que “la conducta que se reprocha no radica en la orden en sí misma ni en su contenido, sino en la utilización abusiva de esa autoridad al hacer ejecutar en dos oportunidades un mismo ejercicio, haciéndole ver que no buscaba perfeccionar la ejecución del movimiento –como alegó- sino para que supiera lo que implicaba que se negara a mantener relaciones sexuales con él”, señalaron.

En la resolución, la Justicia dispuso medidas cautelares contra el procesado como embargo sobre el patrimonio, prohibición de salir del país y el mantenimiento de medidas preventivas ya dispuestas anteriormente.

Fuente: Prensa Fiscalía Federal de Esquel