La medida fue establecida mediante el DNU 681/2026, que modificó la Ley de Migraciones. También alcanza a quienes participen o instiguen actos de ultraje contra los símbolos patrios.
El Gobierno Nacional modificó la Ley de Migraciones para impedir el ingreso al país de extranjeros que promuevan mensajes de odio o inciten a la violencia contra la Argentina, los argentinos o personas por su nacionalidad. La medida también contempla la posibilidad de cancelar la residencia y disponer la expulsión de quienes participen o instiguen actos de ultraje contra los símbolos patrios.
La decisión fue oficializada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 681/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial. La norma incorpora estas conductas como nuevas causales para denegar el ingreso al territorio nacional y habilita a la Dirección Nacional de Migraciones a cancelar residencias ya otorgadas. En esos casos, el organismo podrá intimar al extranjero a abandonar el país dentro de un plazo determinado o disponer directamente su expulsión, según la gravedad de los hechos y las circunstancias personales del involucrado.
El decreto establece, no obstante, que estas disposiciones no podrán aplicarse a expresiones de disenso ideológico ni a críticas políticas, académicas o ciudadanas amparadas por la Constitución Nacional, con el objetivo de preservar el derecho a la libertad de expresión.
En los fundamentos de la medida, el Poder Ejecutivo afirmó que en los últimos meses se registró un incremento “considerable” de mensajes de odio y de actos de hostilidad y menosprecio dirigidos contra el pueblo argentino, su cultura y su identidad nacional. Según el Gobierno, estas conductas representan un riesgo para la seguridad de los ciudadanos y vulneran el deber de respeto que deben observar los extranjeros que ingresan o permanecen en el país.
Asimismo, la Casa Rosada sostuvo que este tipo de manifestaciones “desnaturalizan el sentido de la política migratoria argentina” y afectan las condiciones de convivencia armónica y paz social. En esa línea, remarcó que la incitación al odio o a la violencia puede derivar en consecuencias concretas sobre la integridad física, la salud y los derechos de las personas.
Para implementar estos cambios, el DNU incorporó una nueva causal de impedimento de ingreso y permanencia en el artículo 29 de la Ley de Migraciones, que incluye los mensajes de odio expresados de manera oral o escrita, la incitación a la violencia motivada por la nacionalidad argentina y la participación o instigación en actos de ultraje contra los símbolos patrios.
Una modificación similar fue introducida en el artículo 62 de la misma ley, que regula las causales para cancelar una residencia ya concedida. En esos casos, la autoridad migratoria deberá evaluar las circunstancias particulares del extranjero y los hechos que se le atribuyen antes de resolver la expulsión o la intimación a abandonar el país.
Como respaldo jurídico, el Ejecutivo citó un fallo de la Corte Suprema que reconoce la potestad soberana del Estado argentino para admitir o impedir el ingreso de extranjeros bajo las condiciones que considere pertinentes.
El decreto entrará en vigencia este viernes 31 de julio, un día después de su publicación en el Boletín Oficial. Tal como establece la Constitución, la norma será remitida a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que deberá analizar su validez y elevar un dictamen para su tratamiento por ambas cámaras dentro del plazo previsto por la ley.
La disposición lleva la firma del presidente Javier Milei; del jefe de Gabinete, Diego Santilli; y de los ministros Pablo Quirno, Carlos Alberto Presti, Luis Caputo, Juan Bautista Mahiques, Alejandra Monteoliva, Mario Lugones, Sandra Pettovello y Federico Sturzenegger.



















