La Ley XV N° 27 establece el Código de Convivencia Ciudadana, que define un régimen contravencional en Chubut, buscando regular conductas sociales, promover la pacificación y fijar sanciones en casos de infracciones que, si bien no llegan a constituir delitos, afectan directamente la vida en comunidad. En Esquel y la zona, el Ministerio Público Fiscal avanza en la capacitación de comisarías y en la implementación práctica de esta normativa, con el objetivo de dar respuestas concretas a situaciones.
¿Qué es una contravención?
Una contravención es una infracción a las normas de convivencia que no llega a ser delito, pero genera una molestia para la ciudadanía. En general, tiene relación con los vínculos vecinales y sociales.
En diálogo con La Portada, el fiscal Fidel González explicó que vienen capacitando a las fuerzas de seguridad en el tema. “En Tecka hemos hecho la segunda capacitación, donde participaron todas las comisarías del interior. Anteriormente, a fines del mes de junio, hicimos otra en Esquel con las comisarías de esta ciudad y de Trevelin”, subrayó.
Destacó que antes “todo lo que sucedía a nivel contravencional se archivaba y algunos pocos casos se conciliaban”. “El Código Contravencional tiene un objetivo que es establecer la convivencia social, respetar la libertad de una persona, pero cuando está en convivencia con otras y empiezan los problemas, hay que saber hasta dónde tiene uno derecho a lo suyo y respetar el derecho de otras personas con las que convive”, detalló González.
La experiencia de Comodoro Rivadavia, donde este sistema ya se aplica con más recorrido, busca ser replicada en Esquel. La abogada de Fiscalía Camila Sánchez Almirón, que viene de desempeñarse en la ciudad petrolera, precisó que “desde hace 4 años venimos trabajando en el área contravencional”. El objetivo central consiste en “llevar a cabo el procedimiento, darle un marco orientado a conseguir una solución, siempre teniendo en cuenta que la idea principal del Código es la participación social”.
En este sentido, cabe recordar que el actual Código entró en vigor en 2021. Sánchez Almirón puntualizó que el régimen prevé conciliaciones, pero también la posibilidad de juicios contravencionales: “lo que debe conocer la población es que, tal como se les solicita cada vez que hacen una denuncia penal, también en esta misma dirección se requiere contar con prueba suficiente como para arribar a un juicio”. “Por lo tanto, la capacitación que ha sido brindada es a los efectos de recabar evidencia probatoria que nos permita llegar a esa instancia”, sostuvo.
En ese marco, mencionó la importancia del Registro Provincial de Contraventores, que permite identificar casos de reincidencia. “Muchas veces los vecinos sienten que, al no poder perseguir estas conductas, se quedan sin respuesta, pero con este Código buscamos que las sentencias tengan un rol educativo, que sirvan para revertir conductas que antes pasaban como normales”, advirtió la profesional.
La abogada Consuelo Hernández también trabaja en la Fiscalía de Esquel y se especializa en la materia. Valoró que “desde septiembre del año pasado estamos empezando con este tema de mover más las causas, que no solo se archiven o se manden a conciliar”. Esta necesidad se refuerza al notar que existen hechos contravencionales que son, en cierto modo, habituales en Esquel, entre los que detalló: “Portación de arma blanca, animales sueltos, provocar disturbios en estado de ebriedad, incitar a reñir y ruidos molestos, son esos más que nada los que estamos buscando que cesen, porque son los que más incomodan a la ciudadanía”.
Juicios rápidos y sanciones
Sobre el mecanismo, González explicó que “el juicio como establece la normativa es un juicio oral, el trámite es muy corto porque la respuesta se piensa que sea lo más rápido posible”. “Son 20 días desde que tomamos conocimiento en la Fiscalía sobre este hecho, y si no alcanzan, se toman 20 más. En el lapso de un mes o dos la persona que hizo una denuncia tiene una respuesta, y a su vez el infractor también tiene una consecuencia por ese mal accionar”, remarcó.
Las sanciones que prevé la ley incluyen multas y trabajos comunitarios, además del arresto, aunque este último no se aplica en la práctica por no existir dependencias diferenciadas para los contraventores, que por normativa no pueden compartir celda con condenados por delitos. “La idea es el cese del hecho y la pacificación”, puntualizó Sánchez Almirón, y agregó que la contravención, en general, ocurre entre vecinos o personas vinculadas, algo que realza la importancia de un abordaje educativo como el mencionado anteriormente.
Otros ejemplos
Entre los ejemplos concretos de contravenciones, además de los mencionados anteriormente, se encuentran el hostigamiento, el acoso callejero, dejar niños dentro de vehículos, vender alcohol o pornografía a menores, tirar basura en lugares indebidos, el merodeo en zonas rurales y hasta los escraches en redes sociales.
Sánchez Almirón recordó que “la Ley XV N° 27 está disponible en el Digesto Jurídico Provincial, allí se manifiesta cuáles son las contravenciones y cómo se sancionan”. “Es importante que la gente sepa que cada hecho prescribe al año. Por eso necesitamos que las denuncias se hagan, que se aporten pruebas y que se entienda que este sistema busca no solo sancionar, sino también prevenir y mejorar la convivencia social en nuestras comunidades”, finalizó.
No quedan dudas de que las contravenciones no son hechos menores: se trata de episodios que tienen una gran incidencia en la convivencia ciudadana y por eso es fundamental que la población conozca al respecto de sus derechos, obligaciones y posibles consecuencias.