La Tarifa Popular para vecinos y vecinas en situación de vulnerabilidad será promulgada en los próximos días, confirmaron desde el municipio a Diario La Portada.

Este jueves a las 11 de la mañana, el grupo de Vecinos en Emergencia, que propuso la Ordenanza, tenía previsto acercarse al municipio para exigir la promulgación, pero cancelaron la actividad ante el compromiso que llegó desde el Ejecutivo. De acuerdo con lo que indicaron, sería promulgada para el próximo sábado.

Requisitos

Para acceder a la Tarifa Popular el usuario deberá inscribirse en la Secretaría de Desarrollo Social y cumplir con las siguientes condiciones: ser titular de un único suministro del servicio brindado por la Cooperativa 16 de Octubre Ltda.; ser usuario residencial exclusivamente del segmento N2; no ser titular registral de más de un inmueble; no estar registrado como empleador o titular de acciones; percibir un ingreso mensual bruto total igual o menor a un Salario Mínimo, Vital y Móvil al momento de la solicitud, teniéndose en cuenta todo tipo de ingresos, incluyendo jubilación, pensiones contributivas, retiros especiales o jubilaciones de leyes especiales y rentas de cualquier tipo.

Bonificaciones:

Se aplicarán las bonificaciones establecidas según el siguiente detalle:

-Servicio de energía eléctrica: 50% del cargo fijo y del cargo variable hasta consumos de 150 KWh Tarifa Residencial (T1R1).

-Servicio de agua potable no medido: se facturará el 25% del cargo fijo correspondiente a la tarifa residencial.

-Servicio de agua potable medido: se facturará el 25% hasta un consumo de 25 metros cúbicos correspondiente a la tarifa residencial.

-Servicio de cloacas: se facturará 50% del cargo fijo correspondiente a la tarifa residencial.

-Servicio de alumbrado público: se facturará el 50% del cargo fijo correspondiente a la tarifa residencial (T1R1).

Es de destacar que esta Ordenanza, luego de ser promulgada, tendrá vigencia por el plazo de seis meses a partir de su promulgación, prorrogable de forma automática por dieciocho meses salvo disposición contraria.