Salud en emergencia

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Dada la situación que atraviesan distintos servicios en el Hospital Zonal de Esquel (HZE), y el reclamo que llevan adelante los trabajadores, es que el Honorable Concejo Deliberante (HCD) declaró, este viernes en sesión ordinaria, la emergencia en el sistema de salud de la ciudad.

La sesión ordinaria tuvo lugar en el salón principal del complejo cultural “Melipal”, pasadas las 9.30 horas. El tema central fue el proyecto de ordenanza presentado por trabajadores del sector de la Salud, quienes preocupados compartieron un documento referido a la situación del HZE y del área Programática de Salud Esquel.

Luego de que el personal de Salud utilice la Banca del Vecino, el Cuerpo Legislativo de la localidad sancionó la ordenanza que declara la emergencia en el sistema.

ORDENANZA

ART. 1º: DECLÁRASE la Emergencia Sanitaria del Sistema de Salud en la ciudad de Esquel.

ART. 2º:  ENCOMIENDASE al DEM, en la figura del Intendente Municipal a realizar a las gestiones pertinentes ante el Gobierno Provincial, que apunten a dar solución a todas las problemáticas mencionadas en los considerandos; convocando para tal menester a los Intendentes y Jefes Comunales del Área Programática de Esquel.

ART. 3º: SOLICITASE al Gobierno Provincial que, de manera urgente, adopte las medidas necesarias a fin de dar respuesta al Sistema de Salud Pública, para garantizar el óptimo funcionamiento del sistema sanitario.

ART. 4º: REMÍTASE copia de la presente el Sr. Gobernador de la Provincia del Chubut, a la Sra. Ministra de Salud de la Provincia del Chubut, a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut, a los Concejos Deliberantes, Intendentes y Jefes de las Comunas Rurales correspondientes al Área Programática Esquel.

ART. 5º: INVÍTASE a los Concejos Deliberantes y Comunas Rurales de las localidades

dependientes del Área Programática Esquel, a que se expresen en el mismo sentido, debido a que sus comunidades forman parte de este sistema de salud.

ART. 6º: CONVÓCASE de manera urgente en un plazo no mayor de 15 (quince) días, contados a partir de la promulgación de la presente, a una reunión de Concejos Deliberantes y Comunas Rurales para tratar la presente Emergencia Sanitaria, invitando a la Ministra de Salud, a los Directores del Área Programática, a los Directores de los Hospitales comprendidos en este área y a los trabajadores del Sistema de Salud.

ART. 7°: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.