Comunidades de Pueblos Originarios realizaron, recientemente a través de sus asesores legales, una presentación ante la Justicia la cual consiste en una demanda de inconstitucionalidad del Decreto provincial Nº 112.
La Portada dialogó con la abogada Mariela Llanquinao a fin de conocer los detalles de la presentación quien aseguró que “esta es una vulneración más de las tantas que hace el Gobierno hacia los derechos de los Pueblos Originarios”. Y agregó que “cuando saca un Decreto que tiene que ver con todas las comunidades de Chubut lo primero que se tiene que hacer es una consulta libre, previa e informada. Este derecho constitucional implica una información previa”.
“Este Decreto fue inconsulto y nos enteramos por las Redes Sociales. Con este Decreto se conformó un órgano (y comisión) dentro del IAC que permitía un control o intervención de estos representantes en la venta de tierras que según el AIC son fiscales, pero para nosotros son tierras comunitarias a partir de la Reforma del 94 y la incorporación de los derechos de los Pueblos Originarios”.
La abogada mencionó, además, que “hay una ley que nunca estuvo reglamentada en cuanto a la conformación de esta comisión. La ley dice cómo se debe conformar la comisión y sus funciones. Esta comisión justamente está integrada por miembros de los Pueblos Originarios”.
“Esta reglamentación, que nunca se ha hecho, es la que se reclama”, indicó. Señaló, asimismo, que “a través de un fallo del año 2020 exhortan al Gobierno provincial a conformar esta comisión y dice que debe hacerlo con los estándares federales. Eso implica el derecho a la consulta (informada y previa). El Ejecutivo sacó un Decreto, pero no cumple lo que dice el fallo. Se arma la comisión, pero no se cumple con los estándares que sería la consulta”. “No sólo se viola el espíritu de la misma ley, sino que también se violan los derechos de los Pueblos Originarios”, remarcó.
Llanquinao sostuvo que “se hicieron presentaciones administrativas al Gobernador, al director de Asuntos Indígenas y a la Defensora del Pueblo. El director de Asuntos Indígenas es un funcionario del gobierno y el Gobernador al conformar la comisión lo saca y lo pone al frente de la misma. Ahí también hay incompatibilidades que fueron planteadas”.
“Una vez más estamos frente a un Gobierno con una posición unilateral, verticalista e inconsulta cuando se trata de los derechos de los Pueblos Originarios”, aseveró.
La abogada mencionó, además, que “fuimos a la Defensa Pública la que nuevamente hace una intimación administrativa al Gobernador y tampoco se recibe respuesta. Eso obliga a que se realice una presentación judicial”.
Proyecto minero
Al ser consultada respecto de si la no consulta a los Pueblos Originarios tiene estricta relación con el proyecto de zonificación minera del Gobierno sostuvo que “son dos cosas que puedo relacionar porque con el Decreto 112 se conforma la comisión, que debía estar integrada por representantes de los Pueblos Originarios, dice que se conforma a efectos consultivos. Ese mismo efecto consultivo es lo que está faltando en el Decreto que presenta el Gobernador”.
“El Decreto no sólo tiene efectos consultivos. Tiene facultad de dictaminar y revisar. El mecanismo de consulta que se necesita no es este. El mecanismo que necesitan para avanzar con el Decreto 128 (de zonificación minera) es algo que ya no hicieron. Es algo que debe ser previo no después”, explicó.
Para la abogada “este Decreto es una formas más que tiene el Gobierno de dictaminar cuestiones administrativas y legislativas sin tener en cuenta esos derechos”.
Para finalizar, indicó, que la demanda de inconstitucionalidad presentada recientemente “está en el Superior Tribunal de Justicia. Además de la presentación de la demanda también se pide una cautelar para que se pare la aplicación de ese Decreto hasta que se haga la consulta”.