La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta el 31 de mayo próximo el plazo para registrar los contratos de alquiler de inmuebles celebrados entre el 1° de julio de 2020 y el 15 de mayo de 2021. El plazo original vencía este jueves.

Según informó este jueves la dependencia que conduce Mercedes Marcó del Pont “los contratos que sean celebrados después del 15 de mayo de 2021 deberán registrarse en el sitio web de la AFIP dentro de los 15 días corridos posterior al acto”.

Además precisó que para las locaciones de espacios o superficies dentro de bienes inmuebles (locales comerciales y/o “stands” en supermercados, por ejemplo), los contratos celebrados entre el 1° de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021 podrán registrarse hasta el 15 de julio.

La AFIP reglamentó a comienzos del año el régimen de registración de contratos de locación de Inmuebles previsto en la Ley 27.551. Los locadores o arrendadores en los contratos quedan obligados a la registración de la operación ya sean de bienes inmuebles urbanos como rurales, locaciones temporarias y de espacios o superficies fijas o móviles.

Fuente: Minuto Uno.