Menna pide saber por qué aún no se implementó la reducción del “impuesto al cheque” incluida en la ley para sostener al sector turístico

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El diputado nacional de Chubut Gustavo Menna (UCR-Juntos por el Cambio) presentó este jueves en el Congreso un pedido de informes al Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación para que explique las razones por las cuales, a más de dos meses de su entrada en vigencia, no se ha implementado la reducción de las alícuotas del impuesto a los débitos y créditos bancarios prevista en la “Ley de Sostenimiento y Reactivación de la Actividad Turística”.

El proyecto de Resolución de Menna contó con acompañamiento de Alfredo Cornejo (Mendoza), Lorena Matzen (Río Negro), Roxana Reyes (Santa Cruz), Álvaro de Lamadrid (CABA), Federico Zamarbide (Mendoza), Juan Martín Musacchio (Santa Fe), Lidia Ascárate (Tucumán), Luis Pastori (Misiones), Carlos Fernández (Buenos Aires), José Luis Riccardo (San Luis), Karina Banfi (Buenos Aires), Gabriela Lena (Entre Ríos), Sebastián Salvador (Buenos Aires), Estela Regidor (Corrientes), Mario Arce (Formosa), Claudia Najul (Mendoza), Aída Ayala (Chaco) y Gonzalo del Cerro (Santa Fe).

La normativa, aprobada por el Congreso el 1° de septiembre de este año, y que lleva el número de Ley 27.563, fue promulgada por el Ejecutivo Nacional el 21 de septiembre, a través del decreto 795/2020.

En su texto original, tal como fue aprobado por los legisladores nacionales, implementaba una reducción de las alícuotas del impuesto a los débitos y créditos bancarios -llamado comúnmente “impuesto al cheque”- hasta el día 31 de diciembre de 2021 para todos los prestadores turísticos beneficiarios.

Sin embargo, Menna observó que la reducción no solo no se implementó, sino que ese mandato legal fue incumplido en la promulgación.

Por eso, en el pedido de informes al Jefe de Gabinete, el diputado nacional pidió conocer por cuál mecanismo “se reembolsará o compensará a los prestadores turísticos beneficiarios de la ley el impuesto a los créditos y débitos bancarios cobrado en más como consecuencia del incumplimiento del Poder Ejecutivo en reducir las alícuotas de dicho tributo desde la vigencia de esa ley y hasta el 31 de diciembre de 2021”.

Y, además, solicitó la precisión sobre la fecha prevista “para expedir el decreto que concrete y defina la reducción de las alícuotas”, ordenada por el artículo 12 de la ley.

En los fundamentos del proyecto de Resolución, Menna indicó que “el sector turístico es el que ha sentido con mayor dureza las consecuencias de la pandemia y de las medidas gubernamentales adoptadas en relación al COVID-19”.

“Se trata de un sector -agregó- que ya venía castigado como consecuencia del llamado impuesto PAIS que, por mandato de la Ley de Emergencia aprobada a instancias del Poder Ejecutivo por la mayoría oficialista en diciembre de 2019, cargó la compra de divisas y las operaciones en moneda extranjera con un tributo del 30%”.

Añadió el legislador que, “pese a tratarse de un sector desplegado en todo el territorio nacional, ser uno de los principales complejos exportadores del país y emplear a casi un millón de personas, el Gobierno ha negado sistemática y empecinadamente dar tratamiento a los proyectos de ley de Emergencia por los cuales se contemplaban exenciones y diferimientos impositivos, además de asistencias estatales para miles de prestadores que están sosteniendo con esfuerzo otros miles de puestos de trabajo, en muchos casos sin llevar adelante ninguna operación”.

Uno de esos proyectos de Emergencia que fueron bloqueados por el oficialismo había sido presentado por Menna junto con el diputado nacional y ex gobernador de Mendoza, Alfredo Cornejo.

Sin embargo, marcó, “el oficialismo solo estuvo dispuesto a dar aprobación a una herramienta legal como la ley 27.563 que, más allá de la pretensiosa y pomposa denominación de ‘Ley de Sostenimiento y Reactivación de la Actividad Turística’, en realidad ha demostrado carecer de eficacia para impedir el sostenido cierre de establecimientos turísticos”.

En la normativa, agregó, “dentro de sus magros y acotados beneficios, el artículo 12 le ordenó al Poder Ejecutivo reducir a los sujetos comprendidos como beneficiarios de la norma las alícuotas del impuesto a los créditos y débitos bancarios”.

“Sin embargo, la reglamentación de la ley aprobada por el decreto 795/2020 omitió dar cumplimiento a ese mandato legal”, enfatizó, y agregó que tampoco “con posterioridad a ese decreto ha expedido el Poder Ejecutivo otro que concrete esa reducción”.

Fuente: Prensa Menna.