Boletín Oficial: qué establece el DNU que declara servicios públicos a la telefonía, la internet y la TV paga

El Decreto 690/2020 fue publicado este sábado y en sus considerandos destaca que el gobierno anterior derogó "el andamiaje legal en comunicación audiovisual y TICs".

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El Gobierno declaró este sábado a través de un decreto de necesidad y urgencia (DNU) “servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia” a la telefonía celular y fija, internet y la televisión paga, al tiempo que suspendió “cualquier aumento de precios o modificación de los mismos” hasta el 31 de diciembre.

La medida, que el presidente Alberto Fernández adelantó ayer a través de Twitter, fue dispuesta mediante el DNU 690/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial.

En los considerandos, la disposición remarca que, durante la gestión de Cambiemos, “mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 267/2015 se derogó gran parte del andamiaje legalmente establecido en materia de servicios de comunicación audiovisual y de las Tecnologías de la Información y la Comunicación”.

¿Qué establece el nuevo DNU?

-Los servicios de telefonía, internet y TV paga se declaran “servicios públicos, esenciales y estratégicos”.

-Se suspenden los aumentos de precios establecidos o anunciados desde el 31 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2020 por las empresas.

-Los precios deberán ser “justos y razonables, deberán cubrir los costos de la explotación, tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación”.

-Los precios serán regulados por el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom).

-Se establecerá una prestación básica universal obligatoria “que deberá ser brindada en condiciones de igualdad”.

Fuente: Minuto Uno.