El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Chubut rechazó el intento de desplazar al intendente Pol Huisman de su cargo al considerar que la resolución que lo pretendía es arbitraria, “carece de fundamento” y “no individualiza hechos concretos”, a la vez que lo considera poseedor de una “ostensible inconsistencia”.

“El déficit de fundamentación apuntado, especialmente exigible para adoptar una medida de la trascendencia institucional que se cuestiona, torna prima facie verosímil la arbitrariedad que se denuncia”, cuestionan los jueces.

El fallo del STJ sintonizó con el dictamen que pocas horas antes había sostenido el Procurador General, Jorge Miquelarena, para quien el avance del Concejo Deliberante contra Huisman era “sumamente confuso”, con “inconsistencias en las decisiones” y basado en “argumentos pueriles que no se verifican en hechos objetivos”.

“Lo actuado por el Concejo Deliberante de El Hoyo en las sesiones especiales que se traen a este proceso, se encontraría muy alejado de los estándares democráticos constitucionales”, había opinado el Procurador.

En esa misma línea que el procurador Miquelarena, aunque con mayores precisiones, la máxima jerarquía judicial de Chubut se pronunció ahora en un fallo contundente que fue muy trabajado por los ministros Mario Luis Vivas, Alejandro Panizzi y Florencia Cordón Ferrando.

No obstante descalificar lo actuado por el HCD, los magistrados decidieron validar la conformación de la comisión investigadora sin valorar su justificación, sino que la permitieron debido a que su conformación es una potestad del cuerpo legislativo.

El STJ cuestiona severamente al HCD porque que el único fundamento de la suspensión del intendente es un presunto entorpecimiento al funcionamiento del cuerpo, pero no individualiza “hechos concretos de los que se derive la conducta imputada, ni identifica qué actividad puntual se vio entorpecida”.

“Es ostensible la inconsistencia que se evidencia en la causa de entorpecimiento invocada” por los concejales, acusan los magistrados del Superior Tribunal de Chubut.

También les marca una notoria contradicción en una misma hoja, ya que mientras al comienzo lo acusan por una pretendida transgresión en la obtención de documentos supuestamente reservados, lo suspenden por otra circunstancia como fue realizar una “convocatoria de vecinos”.

“Debe señalarse que la Resolución en análisis carece de la fundamentación necesaria. Ello, en tanto no se ha dado cuenta en dicha Resolución siquiera mínimamente de las circunstancias” del presunto entorpecimiento que alegan para suspender al intendente.

Fuente: Comunicación El Hoyo. Foto: imagen ilustrativa.