Caso Maldonado: Fiscalía recaratuló la causa como “desaparición forzada de persona”

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A pedido de la familia de Santiago Maldonado, la Fiscalía Federal de Esquel recaratuló la causa como “desaparición forzada de persona” a veintitrés días de que el joven fuera visto por última vez en el Pu Lof Resistencia Cushamen.

La Fiscalía Federal de Esquel informó mediante un comunicado de prensa que se continúa investigando la desaparición forzada de Santiago Andrés Maldonado, hecho ocurrido el día 1° de agosto del corriente año en el marco de tareas realizadas por Gendarmería Nacional como así también de otras conductas disvaliosas en perjuicio de miembros de la comunidad mapuche Lof en Resistencia Departamento Cushamen que ocupa el predio en conflicto territorial desde el 15 de marzo de 2015.

La gravedad del caso relativo a la desaparición de un joven en el marco de un procedimiento realizado por una fuerza federal es que se impulsaron medidas tendientes no sólo a determinar las circunstancias concomitantes a su desaparición sino también a la atribución de responsabilidad de las personas que pudieran ser responsables de su desaparición el día 1° de agosto del corriente año. En este contexto, se han ordenado medidas de georeferencia tendientes a ubicar a la víctima y a cada uno de los vehículos que pertenece a la fuerza preventora. Se encuentran cooperando de forma coordinada diversas dependencias de la Procuración General de la Nación. En efecto, actualmente se cuenta con la activa participación del Fiscal General Felix Crous de la Procuraduría de Violencia Institucional (PROCUVIN), la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia y la Dirección de Orientación a la Víctima (D.O.Vic.), que ha iniciado su intervención de asistencia a los familiares de Santiago Andrés Maldonado.

En el marco de esta causa, los familiares, como víctimas, se han constituido como parte querellante, han sido informados en forma personal y a través de sus asesores letrados sobre las diligencias impulsadas. Corresponde destacar que la mediatización de datos sensibles como la publicidad de las medidas dispuestas motivó que este Ministerio Público Fiscal solicitara al Juez Federal de Esquel el secreto del sumario, lo que fue concedido mediante resolución fundada el 14 de agosto de este año toda vez que las circunstancias señaladas por esta parte se circunscribían al presupuesto previsto en el artículo 204 del Código Procesal Penal de la Nación. Dicha medida, si bien limita a las partes a tener acceso a la tarea investigativa, tiene como principal objetivo minimizar cualquier riesgo que pudiera ocasionar la publicidad de la misma, tanto en su producción como en su resultado. Por último, sin perjuicio de ser la hipótesis delictiva inicial de la causa, se solicitó al Juzgado Federal la recaratulación de la causa que ha quedado registrada como EXPTE FCR 8232/2017 “N.N. s/ desaparición forzada de personas Art. 124 ter del Código Penal”.