El diputado nacional de Chubut Gustavo Menna pidió, junto a sus pares patagónicas Lorena Matzen (Río Negro) y Roxana Reyes (Santa Cruz), que el Poder Ejecutivo Nacional tome medidas urgentes e intensifique los patrullajes con todos los medios a su disposición para desalentar la presencia en la Zona Económica Exclusiva de buques extranjeros sin permisos de pesca, de manera de proteger los recursos y garantizar la soberanía en el mar.
El pedido, a través de un proyecto de Resolución, tuvo como disparador la reciente difusión de imágenes, a través de redes sociales y medios de comunicación de alcance local y nacional, en las cuales se observó, a partir de sobrevuelos realizados por particulares, la proliferación de embarcaciones de distintas banderas extranjeras sin autorización en la Zona Económica Exclusiva.
Defensa efectiva
A través del proyecto, Menna, Matzen y Reyes solicitaron al Poder Ejecutivo Nacional “la adopción de medidas de defensa efectivas del Mar Argentino y sus recursos pesqueros ante la incursión en la Zona Económica Exclusiva de buques pesqueros extranjeros sin permisos de pesca otorgados por la República Argentina”.
En particular, pidieron desplegar y emplear “a ese fin defensivo todos los medios navales, aéreos, electrónicos y satelitales disponibles de patrullaje, disuasión, persecución y captura para garantizar la soberanía nacional y la protección de los recursos naturales existentes en nuestro mar”.
“Una flota de casi 400 buques pesqueros de matrícula extranjera que carecen de permisos de pesca otorgados por la República Argentina se encuentra operando en el Mar Argentino a la altura del Golfo San Jorge”, observaron.
Indicaron los legisladores que aunque la flota opera más allá de la milla 200, “ha sido detectada incursionando en la Zona Económica Exclusiva de nuestro país, con lo que dicha actividad es ilegal”.
Recursos y soberanía
“Esta modalidad de situarse en el límite externo de la Zona Económica Exclusiva y efectuar incursiones furtivas y sin permiso en el caladero argentino demanda el mayor esfuerzo de vigilancia y defensa de esos recursos. No solo está en juego una cuestión de preservación del recurso y de lo que ello implica en términos económicos, sino también de soberanía nacional”, manifestaron.
Al respecto, mencionaron, entre otros antecedentes, que la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) aprobó el 22 de noviembre de 2009, el “Acuerdo sobre Medidas del Estado Rector del Puerto destinadas a prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada” (Pesca INDNR). Este acuerdo “desalienta toda apoyatura a flotas que, como la que opera en la milla 201, no respetan fechas de apertura y cierre de temporadas ni juveniles, ingresan ilegalmente en mar territorial y llevan a cabo una actividad depredatoria sin respeto a ninguna normativa ni a las obligaciones asumidas ante la comunidad internacional por los Estados de sus respectivos pabellones”.
En este contexto recordaron además que el 19 de agosto del año pasado 2020 presentaron, con acompañamiento de varios legisladores de otras provincias, un proyecto de ley, bajo el expediente 4276-D-2020, “en el que propiciábamos incorporar multas específicas y más agravadas para la pesca efectuada por buques extranjeros sin permiso fijadas en Pesos Argentino Oro”. Se trata, explicaron, de “una unidad de valor que también utiliza la Ley de Navegación y que impide que los montos pierdan se desactualicen por la inflación”.
“Sostenemos -agregaron- la necesidad de que el Régimen Federal de Pesca establezca una multa agravada a los barcos extranjeros que pescan ilegalmente en el Mar Argentino”, ya que, dijeron, “los valores que estableció la reforma efectuada por la ley 27.564 siguen siendo ineficaces para desalentar estas prácticas, además de resultar injusto que se aplique la misma escala sancionatoria que se emplea para los buques de bandera nacional”.
“Por ello propusimos incorporar para tales casos el artículo 51 bis a la ley 24.522, estableciendo multas de 1.000 a 5.000 Pesos Argentino Oro, que a su cotización actual implica el equivalente a multas de entre u$s 250.000 y u$s 1.250.000”, precisaron.
Protección del trabajo argentino
Expresaron Menna, Matzen y Reyes que “una norma de esa naturaleza constituye un mandato derivado del principio de desarrollo sustentable que establece el artículo 41 de la Constitución Nacional como pauta para la utilización racional de los recursos naturales y la preservación de la diversidad biológica”, y también para “la protección del trabajo argentino, que hace a la dimensión social y económica de la sustentabilidad”.
Sin embargo, enfatizaron, “ninguna norma jurídica será efectiva para desalentar la pesca ilegal si no se llevan a cabo tareas de patrullaje efectivas y sostenidas empleando todos los medios navales, aéreos, electrónicos y satelitales disponibles”.
Y finalizaron: “El Estado argentino no puede continuar pasivo frente a una situación que ha sido constatada hasta por particulares que sobrevolaron la zona y pudieron registrar la presencia de tales embarcaciones llevando a cabo pesca ilegal en un espacio marítimo sujeto a jurisdicción y dominio argentino”.