“¿Puede un DNU establecer una norma menos beneficiosa para los trabajadores? ¿Puede un DNU determinar su aplicación retroactiva?” es uno de los interrogantes que se plantea el magistrado que declaró inconstitucional el decreto de necesidad y urgencia (DNU) dictado la semana pasada por el presidente Mauricio Macri que reduce las indemnizaciones por accidente de trabajo o muerte.
El fallo de Segura, firmado el pasado lunes pero conocido recién este miércoles, se suma al dictamen del fiscal Gabriel De Vedia, quien dictaminó a favor de una medida cautelar que suspenda el mencionado DNU. Dos medidas adversas al decreto presidencial que ataca de manera directa a trabajadores.
El juez federal consideró que la retroactividad argumentada en el tercer artículo del decreto 669/2019, que establece que las modificaciones establecidas “se aplicarán en todos los casos, independientemente de la fecha de la primera manifestación invalidante”, no puede afectar las causas que ya se tramitan.
En una reciente entrevista con La Izquierda Diario, que será publicada completa en estos días, el abogado laboralista Matías Cremonte afirmó que “este decreto responde al lobby de las aseguradoras de trabajo, sobre todo financieras, que basan su lucro en la especulación, como fue en su momento las AFJP, que contaban con una masa de dinero cautiva de todos los empresarios que están obligados a pagar una prima por cada trabajador registrado, y el gran negocio de las ART es invertir en el mundo financiero, y no el negocio del seguro”.
Y agregó que “este decreto implica una transferencia del patrimonio de los trabajadores, porque formaba parte de su reparación, de su indemnización, y se transforma inmediatamente en rentabilidad de las empresas para ser invertido en la especulación financiera”.
La resolución de Segura, según informa Página 12, se da en el marco de una causa iniciada por el reconocido periodista Miguel Ángel “Tití” Fernández, quién exige “a la aseguradora de riesgos de trabajo Experta ART SA y a Galeno ART una indemnización por las afecciones que sufrió tras la muerte de su hija, mientras él cubría el Mundial de Brasil 2014”.
Respecto a las preguntas que hace el magistrado, mencionada con anterioridad, ambas son respondidas por la negativa por Segura “el manifiesto carácter burdo que tiene esta norma, impropia del Estado de Derecho, seguramente urdida por personas incapaces de aprobar un parcial de Derecho Civil Parte General”.
El fallo de Segura sienta un importante precedente que podrá ser utilizado en otras causas ante el ataque que implica este DNU hacia los derechos de trabajadores y trabajadoras, en favor de las ART y las patronales.
Fuente: La Izquierda Diario