El Tribunal Mixto resolvió Absolver por la Duda Razonable a los tres imputados de violación de los deberes de funcionario público, en relación a hechos que tuvieron por damnificados a adolescentes del Hogar. El presidente del tribunal, Jorge Novarino, fue el encargado de dar a conocer el veredicto.
Los integrantes del tribunal consideraron que no se logró probar de modo fehaciente que los imputados cometieron las conductas por las que se los acusó, con dolo y de acuerdo a las circunstancias de tiempo, de modo y de lugar que argumentó la Fiscalía.
Sobre la acusación a uno de los imputados de no abrirle la puerta a un adolescente que llegó tarde una noche, entendieron que, si bien se acreditó que el joven estuvo esa noche en la puerta, no se pudo probar que el imputado no le abrió a propósito. El tribunal barajó una serie de alternativas posibles que lo llevaron a absolverlo por este hecho por la duda razonable. El hecho que contaba con mayor evidencia, es la situación en que un adolescente era tomado violentamente por le cuello por uno de los imputados. Estaba la filmación del suceso y la persistencia en el tiempo del relato del damnificado. Los jueces concluyeron que la fecha que surge de la declaración no es la que aporta la Fiscalía y que este punto “no puede ser enmendado de oficio”. Por ese motivo decidieron absolver por la duda.
Respecto de los golpes proferidos con trapo de piso o rejilla, consideraron que la declaración fue ambigua, y no hay suficientes elementos que corroboren esa circunstancia
En cuanto al preceptor que fue acusado de golpear a dos adolescentes con un palo de escoba, lo que motivó que llamaran a la policía. El tribunal entendió que los dichos de los jóvenes fueron imprecisos y no son suficientes para contrarrestar la declaración del imputado que niega los hechos.
Sobre el tercero de los imputados, acusado de malos tratos a los adolescentes para levantarlos, tampoco tuvo el tribunal por suficientemente acreditados los hechos para declarar su responsabilidad por violación de los deberes de funcionario público.
Fuente: Ministerio Público Fiscal.