Condenaron a 4 y 5 años de prisión a prefectos por el asesinato de Rafael Nahuel

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El joven mapuche fue asesinado el 25 de noviembre de 2017, durante un operativo del Grupo Albatros en un predio en disputa entre la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu y la Dirección de Parques Nacionales en Villa Mascardi, Bariloche.

El Tribunal Oral Federal (TOF) de General Roca condenó al prefecto Sergio Cavia a cinco años de prisión por homicidio agravado cometido en exceso de legítima defensa por el asesinato del joven mapuche Rafael Nahuel, en tanto que otros cuatro prefectos -Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio García- fueron condenados a 4 años y medio como partícipes necesarios por el mismo delito.

Así lo informó el tribunal al leer este miércoles a la mañana el veredicto en el juicio por el asesinato del joven mapuche, cometido el 25 de noviembre de 2017 durante un operativo del Grupo Albatros en un predio en disputa entre la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu y la Dirección de Parques Nacionales en Villa Mascardi, Bariloche.

Luego de más de tres meses de audiencias en la instancia oral y pública del juicio, el tribunal integrado por Alejandro Silva (presidente), Simón Bracco y Pablo Díaz Lacava dió su veredicto en una audiencia que comenzó a las 9 con las palabras finales de los procesados.

Participaron de la audiencia el secretario de Derechos Humanos, Horacio Pietragalla Corti, cuya cartera es querellante en la causa, y familiares de víctimas de violencia institucional, como Alberto Santillán, papa de Darío, uno de los militantes sociales asesinados en el 2002 en las inmediaciones del Puente Pueyrredón junto a Maximiliano Kosteki.

“Me nace acompañar a la familia de Rafael Nahuel porque hoy, sin lugar a dudas, mi hijo Darío estaría acá. Me parece que es el lugar correcto, donde hay que estar. Qué mejor que caminar en la misma vereda que caminaron nuestros hijos y sus compañeros que fueron asesinados por las balas del Estado”, dijo Santillán a Télam.

En las inmediaciones de los tribunales, que presentaron un refuerzo de su seguridad, se manifestaron militantes de agrupaciones de izquierda, movimientos sociales y de comunidades mapuches.

Durante el proceso judicial, las tres querellas participantes del juicio habían solicitado una condena de prisión perpetua para los cinco integrantes de la Agrupación Albatros de la Prefectura Naval Argentina, por considerarlos coautores funcionales del delito de homicidio doblemente calificado en concurso ideal con homicidio agravado en grado de tentativa.

En tanto, la Fiscalía había requerido cinco años de prisión para cada uno de ellos, por la aplicación del atenuante de “exceso en legítima defensa”, ya que dio por acreditado que en el hecho existió un enfrentamiento con armas de fuego, y que los uniformados, en ese contexto, accionaron protegiéndose aunque más allá de lo que establecen los protocolos de actuación.

Finalmente, las dos defensas que representan a los Albatros pidieron al Tribunal la absolución de los cinco procesados por considerar que actuaron en legítima defensa, sin excesos en su comportamiento y bajo una agresión desmedida y armada.

La lectura del fallo se conoció pocos días después de que se cumplieran seis años del homicidio y pocos días de que desde el espacio del presidente electo Javier Milei se confirmara que su ministra de Seguridad será Patricia Bullrich, la misma funcionaria que ejercía ese cargo en el momento de la represión de Prefectura que terminó con el asesinato de Nahuel.

El juicio comenzó el pasado 15 de agosto, y durante más de 20 audiencias declararon 63 testigos, se incorporó prueba, analizaron pericias y se realizó una inspección ocular en el lugar del hecho.

El pasado 7 de noviembre, la querella de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, encabezada por el abogado Mariano Przybylski, solicitó prisión perpetua para los cinco prefectos.

Durante un alegato que duró dos horas y cuarenta y cinco minutos, el abogado planteó que quedó acreditado que no existió un enfrentamiento armado, sino una persecución más allá del predio de la comunidad y que los efectivos dispararon en 151 oportunidades con munición de plomo.

Para el abogado, el cúmulo de pruebas y testimonios demuestran que los procesados “desobedecieron las órdenes de esperar refuerzos y subieron con armas letales a la montaña”, a la “búsqueda de los mapuches”.

Las otras dos querellas, en representación de la familia de Nahuel y de la APDH Bariloche, adhirieron al pedido de pena realizado por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, e incorporaron en sus alegatos el agravante de odio racial.

Fuente: Télam/Foto: David Sánchez.