Por BasuRRReando

En la publicación de La Portada del 17-5-23, BasuRRReando comenzaba a plantear la problemática de los Grandes Generadores de residuos y anunciaba las acciones previstas a futuro para abordarla.

Como parte de esas acciones este colectivo ha descubierto una gravísima situación que afecta a la gestión de los residuos de los grandes generadores y a las arcas del municipio. Y se ve en la obligación de informar sobre ella a la comunidad de Esquel.

En primer lugar BasuRRReando presentó dos notas a la Secretaría de Ambiente, pidiendo información sobre el cumplimiento del Decreto 149/15 en los organismos públicos y en los establecimientos educativos de nuestra ciudad, en cuanto a la separación de los residuos. Y nunca se recibió respuesta alguna.

Además, BasuRRReando convocó en el mes de junio a personas interesadas a conformar un Grupo Promotor que a su vez propondría la constitución de una Mesa Interinstitucional que tendría a su cargo la elaboración de un Proyecto de Ordenanza para adherir y reglamentar la aplicación de las normativas nacionales y provinciales que regulan los temas de la separación obligatoria y en origen de los residuos y las responsabilidades de cada uno de los tipos de generadores, tanto individuales como grandes o especiales.

Hasta ese momento BasuRRReando manejaba la siguiente información (errónea), provista por la Secretaría de Ambiente: “En la Tasa de Conservación medio ambiental (Ordenanza Tarifaria Anual), la medida de cuantificarla son los m2 del establecimiento y/o propiedad.”

Y en función de ella se proponía elaborar una ordenanza que modificara este criterio, reemplazándolo por el cobro de dicha tasa en función del volumen de RSU generado.

El 25-7-23, en la 4º reunión del Grupo Promotor, uno de los integrantes pone en conocimiento al Grupo de la existencia de 2 ordenanzas, que rigen desde el año 2010: el Código Tributario y la Tarifaria anual, que se relacionan con las obligaciones de los Grandes Generadores, la gestión de sus residuos y las obligaciones de la Secretaría de Ambiente. Asimismo los integrantes se anoticiaron de que no se aplican dichas ordenanzas, desconociendo el Grupo Promotor los motivos.

Luego de estudiar el tema debidamente BasuRRReando puede comunicar a los vecinos que el Código Tributario Municipal establece en su Art. 113 bis: “Se incorpora el concepto de Grandes Generadores. Los mismos serán aquellos que el Dpto. Ejecutivo designe de acuerdo con el volumen de residuos que generan. Los mismos deberán presentar ante las autoridades de la Sec. de Ambiente de la Municipalidad un plan de gestión de sus residuos, el cual será susceptible de verificación y seguimiento por parte de la referida Sec. El Depto. Ejecutivo confeccionará el padrón de los Grandes Generadores; diseñará los planes de manejo de acuerdo a los criterios técnicos.”

Y la Tarifaria para el año 2023 establece en su Art.10° – “Para el caso de los Grandes Generadores descriptos en el Artículo 113 bis, segunda parte, del Código Tributario Municipal, abonarán de acuerdo a tres (3) categorías:

I) Aquellos contribuyentes que poseen un volumen de facturación anual superior a los cien millones de pesos ($100.000.000), o ingresen más de diez (10) toneladas por mes, debiendo abonar en este caso cien (100) módulos por tonelada ingresada a la planta.

II) Aquellos contribuyentes que poseen un volumen de facturación anual menor a los cien millones de pesos ($100.000.000), o ingresen menos de diez (10) toneladas por mes, debiendo abonar en este caso ochenta (80) módulos por tonelada ingresada a la planta.

III) Aquellos que poseen habilitación comercial de empresas de alquiler de contenedores debiendo abonar diez módulos (10) por contenedor cuando el residuo se trate de restos de obra (escombros o chatarra) libre de residuos domiciliarios.

Como conclusión de todo lo expuesto, finalmente el día 17-8 el Grupo Promotor se disolvió porque evaluó que no se encontraba ante la ausencia de un vacío legal como se suponía, sino ante la falta de cumplimiento de los deberes públicos en la aplicación de dichas ordenanzas, lo cual debería ser investigado seriamente para determinar las responsabilidades del caso.

En un análisis rápido, no demasiado exhaustivo y sólo considerando algunas variables, BasuRRReando identifica los siguientes perjuicios al Municipio por no haber aplicado dichas ordenanzas:

  1. Se podrían haber ahorrado, 13 años de:
    1. horas hombre y/o camiones, destinados a la recolección de los residuos.
    1. horas hombre y/o camiones, para el trabajo en el relleno sanitario.
    1. horas hombre, empleados en la separación de los residuos.
    1. metros cúbicos de relleno sanitario completado. No se hubiera llenado tan pronto el espacio inicial dispuesto para el relleno.
  2. Se perdió de ingresar a las arcas municipales, 13 años en concepto:
    1. de Tasas de conservación medio ambiental, aplicadas a los Grandes Generadores, de acuerdo a cada categoría.
    1. de materiales recuperados y reciclables, que podrían haber sido vendidos.

El saldo positivo de la breve actividad del Grupo Promotor fue haber “descubierto” esta falta grave por parte del Ejecutivo municipal, fruto del  trabajo comprometido y serio de siete vecinos de Esquel.

Pero lo que más le interesa a BasuRRReando hoy es que se comiencen a ejecutar a partir de este momento las mencionadas ordenanzas para que los Grandes Generadores, a partir de su aplicación comiencen a tomar conciencia del volumen de residuos que generan y de la responsabilidad que les cabe con respecto a los mismos. Ellos deben elaborar un plan de gestión de los mismos, lo cual los obligará a repensar y cambiar sus hábitos y rutinas al interior de sus empresas u organizaciones en relación a la separación, reutilización, reciclado y acopio de sus residuos.

Por último es importante resaltar el rol que BasuRRReando sigue teniendo en el armado de la agenda de trabajo del municipio en la gestión de los residuos. Pues ha tomado conocimiento de que ya se iniciaron los primeros pasos necesarios para cumplir con las ordenanzas mencionadas. ¡Y BasuRRReando estará siguiendo de cerca que así sea!