El fiscal Fidel González pidió la declaración de responsabilidad del Ing. Juan Carlos Lupi, por considerar que con su revisión y consecuente informe, en relación al estado del ascensor del público en los Tribunales de Esquel, tuvo directa responsabilidad con el desperfecto que causó la muerte de María Antieco. El defensor particular Adolfo Pérez Galimberti cuestionó el alegato fiscal, puso en duda la experticia del perito oficial y desvinculó a su defendido de toda responsabilidad en torno al estado del ascensor.
González calificó el hecho como grave y sensible porque falleció una persona cuya investigación fue compleja y técnica, incluyó una materia que nunca antes debió abordarse en esta ciudad, es la primera vez que sucede algo así. Tampoco fue simple la intervención forense. Se requirió una segunda autopsia, para la que el cuerpo de María debió ser trasladado a CABA para la intervención del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia.
Esta resolución judicial en sede penal, es parcial, queda pendiente el juicio en relación al coimputado y la responsabilidad civil. La decisión que se tome en este debate, no se vincula con las otras cuestiones a resolver.
A lo largo de una semana del debate declararon 24 testigos en relación al contrato de Lupi, sus intervenciones, el mantenimiento de los ascensores, el desperfecto que llevó a que la puerta se abriera no estando la cabina, los resultados periciales, entre otras cuestiones.
Se informó que Lupi presentó un informe con fecha 1 de febrero de 2018 del que surge el estado del ascensor. Del mismo se desprenden calificativos respecto del ascensor del público, tales como “impecable“ y “espectacular”. Indicaba el mismo que cerraduras “operan bien” dando cuenta a ojo del observador que el ascensor funciona bien, lo que transmitió tranquilidad a las personas que recibieron el informe: Ferreti, Solitro y Barroso.
González concluye que no estaríamos en este debate si las condiciones del ascensor fueran las consignadas en el informe del imputado. Citó el fiscal un informe de 2015, en el que Lupi indicaba que para dejar en funcionamiento el ascensor, debió anular provisoriamente el doble contacto de la cerradura, indicando que luego debería ser puesto en funcionamiento por la persona encargada de mantenimiento.
El Ing. Lupi fue acusado de homicidio culposo por negligencia e impericia. “La intención de Lupi no era producir el deceso de Antieco sino dejar funcionando el ascensor para evitar los reclamos de los usuarios”, indicó el fiscal.
Valorando el hecho como grave, ubicó la pena justa en el tercio más alto de la escala penal prevista y según la combinación de agravantes y atenuantes, concluyó en un pedido de pena de tres años y medio de prisión de ejecución efectiva.
El defensor Alfredo Pérez Galimberti pidió la libre absolución de su defendido. Cuestionó la argumentación del fiscal, calificó las conclusiones de la acusación de “superficiales” y sin fundamentación suficiente para reclamar la declaración de responsabilidad, indicando que la Fiscalía no probó su caso sino que revirtió la carga de la prueba. El letrado puso en duda la experticia del perito oficial y por lo tanto la relevancia de sus conclusiones. Apuntó en materia de responsabilidad por el hecho a los responsables por el edificio, procurando desvincular a su defendido, indicando que éste pudo realizar sugerencias de mantenimiento y estas no ser ejecutadas por quienes debían hacerlo, basados en consideraciones presupuestarias o de oportunidad.
El juez José Luis Ennis dará a conocer su fallo el viernes 18 de febrero.