A través de la Resolución Nº 344/2021, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social estableció el plazo para la inscripción al programa para los salarios del mes de junio de 2021. Será entre el 25 de junio y el 1° de julio de 2021 inclusive.
En cuanto a las pautas, la norma dice que “para aplicar los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas”. Los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) son entre mayo de 2019 y mayo de 2021.
No considerará la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1 de enero de 2019, mientras que el mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia es mayo 2021.
El corte de actualización de bajas de nómina fue fijado para este 23 de junio, inclusive, y el corte de actualización CBU el 22 de junio, inclusive.
El Repro II este mes alcanzó a unos 570.000 trabajadores de 34.000 empresas. La ayuda para hacer frente a los salarios consiste en el pago por parte del Estado de $22.000 por empleado.
Además, se extendió durante junio el “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos”, destinado al sector gastronómico y a los autónomos de muchos otros rubros, como hoteles, turismo y peluquería, entre otros.
Los beneficiarios deberán “presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el periodo comprendido entre el 1° al 22° de junio de 2021 y entre el 1° y el 22° de junio de 2019″.
Fuente: Minuto Uno.