A través de la Resolución Nº 245/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional, lanzó el “Programa Federal de Fortalecimiento de la Reactivación Productiva”. La iniciativa está destinada a generar nuevos puestos de trabajo de calidad en el sector privado.
La medida firmada por el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, define que podrán participar aquellas empresas privadas constituidas en la Argentina o que se hallen habilitadas para actuar dentro de su territorio de acuerdo al régimen jurídico vigente” y que “acrediten incrementos en la nómina de trabajadores registrados por tiempo indeterminado y a jornada completa”.
La medida apunta a la creación de empleo “genuino” en las actividades promovidas en cada una de las provincias que adhieran al programa. Se otorgarán Aportes No Reembolsables (ANR) a las empresas que resulten beneficiarias por cada trabajadora o trabajador contratado por tiempo indeterminado y a jornada completa.
La resolución aclara que cada cupo “dará derecho a gozar de un Aporte No Reembolsable (ANR), de hasta 36 pagos mensuales consecutivos, que en ningún caso se extenderá a períodos posteriores al mes de diciembre de 2024, fecha en la cual finalizará el Programa, condicionado a la incorporación de un trabajador o trabajadora”.
Además, la cantidad de ANR a desembolsar mensualmente por empresa podrá ser superior a la cantidad de puestos de trabajo. Los ANR mensuales por contratación que se otorguen se establecerán “en cada convocatoria específica en función de los promedios salariales de cada región”.
El programa estará financiado por el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) y se desarrolla en el contexto actual que “evidencia diversos indicadores que dan cuenta de un proceso de reactivación de la actividad económica industrial y agroindustrial”. Se busca potenciar “el desarrollo de medidas que promuevan la recuperación de la producción industrial e impulsen el desarrollo competitivo de actividades con mayor agregación de valor y empleo calificado”.
No podrán adherirse al programa aquellas empresas que tengan deudas impositivas, previsionales, laborales y/o de la seguridad social exigibles, hayan sido declaradas en estado de quiebra, tengan representantes o directores condenados por cualquier tipo de delito doloso o que éstos desempeñen funciones públicas, tengan alguna sanción registrada en Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) y que gozan o gozaron de Aportes No Reembolsables en el marco del Programa Jóvenes y Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
En el caso de que una empresa incumpla en el cronograma de contratación implicará la pérdida del cupo asignado no utilizado. Los cupos dados de baja serán reasignados entre las solicitudes presentadas en la misma convocatoria.
Fuente: Minuto Uno.