El Tribunal Electoral Provincial resolvió que las agrupaciones políticas que participaron del proceso electoral PASO, desarrollado el 7 de abril pasado, podrán participar de las elecciones del 9 de junio próximo, sin que sea exigible la obtención de algún mínimo de votos obtenidos.
El TEP argumentó que, aunque hay una norma nacional que fija un mínimo del 1,5 por ciento, la normativa vigente en la Provincia no establece ningún porcentaje mínimo de votos obtenidos como requisito para que los precandidatos que participaron en el primer turno electoral queden habilitados para intervenir en las elecciones generales.
Ni la Ley Provincial XII número 9, ni el decreto provincial 736/15 establecen requisitos de ese tipo.