En un proceso de juicio abreviado, Jorge Rainecul, reconoció haber lesionado a su pareja con golpes de puño, patadas y haberle producido cortes con un cuchillo.
La víctima estuvo de acuerdo con la calificación legal y la pena impuesta. Rainacul no cuenta con antecedentes por lo que la pena de tres años será dejada en suspenso. Entre otras reglas de conducta, el condenado no podrá acercarse a menos de cien metros de la víctima, ni tomar contacto por ninguna vía.
Además deberá realizar un tratamiento psicológico relacionado con la temática de violencia de género, debiendo presentar las constancias de inicio del tratamiento y las sucesivas, en un plazo de tres meses.
“Si no cumpliere con alguna regla, el Tribunal podrá disponer que no se compute como plazo de cumplimiento todo o parte del tiempo transcurrido hasta ese momento. Si el condenado persistiere o reiterare el incumplimiento, el tribunal podrá revocar la condicionalidad de la condena. El condenado deberá entonces cumplir la totalidad de la pena de prisión impuesta en la sentencia”, advirtió el juez José Colabelli a Rainecul, luego de exponer las reglas de conducta.
Si en el plazo de cuatro años, contados a partir de la fecha de la sentencia firme, el condenado cometiera un nuevo delito, deberá cumplir la pena impuesta en la primera condena y la que le correspondiere por el segundo delito.
El hecho ocurrió en Corcovado el 14 de abril de 2018 y fue calificado penalmente como constitutivo del delito de lesiones graves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género y amenazas.
La víctima fue asistida durante la duración del proceso por el Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito. La investigación estuvo a cargo de la Agencia de delitos sexuales y violencia de género, a cargo de la fiscal María Bottini, en tanto que la defensa fue llevada adelanta por el defensor público Marcos Ponce.
Fuente: Ministerio Público Fiscal.