En la décimo tercera sesión ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de Esquel se aprobó la creación del Consejo Municipal de Educación como espacio institucionalizado de opinión, promoción, debate, negociación y concertación entre las autoridades municipales, provinciales y nacionales e integrantes de la comunidad.
La finalidad del Consejo es proponer y sugerir sobre las políticas, programas y proyectos educativos que se susciten en el ámbito del ejido municipal. Además, podrá emitir opinión respecto de todas aquellas medidas de políticas públicas o situaciones coyunturales que pudieren presentarse -relacionadas con la educación- que adopten los poderes Ejecutivo y Legislativo Municipal.
El Consejo lo integra un representante del Departamento Ejecutivo Municipal, uno del Ministerio de Educación de la Provincia, uno de la Delegación local de la Universidad Nacional de la Patagonia “San Juan Bosco”, uno de la Delegación local de la Universidad del Chubut y un miembro de cada bloque del Concejo Deliberante.
También está conformado por representantes o voceros de los padres y madres de cada uno de los establecimientos educativos ubicados dentro del ejido municipal pertenecientes a los niveles inicial, primario y secundario y a la educación especial.
Los representantes o voceros de los estudiantes de cada uno de los establecimientos educativos ubicados dentro del ejido municipal pertenecientes a los niveles terciarios y secundarios, también integran el Consejo, así como los representantes o voceros de los docentes de cada uno de los niveles y modalidades del sistema educativo formal.
Los representantes o voceros de los trabajadores y trabajadoras auxiliares de la educación, también conformaran el Consejo junto a un representante de cada uno de los sindicatos que representen a los trabajadores que actúen en el ámbito educativo.
Además integran el Consejo representantes o voceros de los educadores no formales; de las entidades sin fines de lucro (ONG) directamente vinculadas a la educación y la cultura; de las confesiones religiosas, de las Juntas Vecinales y del Consejo Comunitario de la Comunidad Nahuelpán; de los medios de comunicación; de los hacedores culturales y de los docentes jubilados.
De igual forman lo integran referentes comunitarios que, a juicio del Consejo, corresponda incorporar, también representantes de los clubes deportivos de la ciudad de Esquel y del área de Salud.
La designación de los respectivos representantes o voceros será decidida en cada caso por los integrantes de cada estamento o entidad. Tratándose de sujetos colectivos que no tengan personería y estructura formal, en caso de desacuerdo en la designación que no pueda resolverse internamente, el Consejo oficiará como mediador para procurar que el o los representantes o voceros que surjan representen efectivamente la opinión del conjunto.
Una vez constituido, el propio Consejo podrá ampliar su composición, incorporando otros actores de la comunidad.
El Consejo sesionará válidamente con la presencia de al menos quince de sus integrantes.
Al menos dos veces por año -el Consejo- abrirá sus deliberaciones a la participación de todo interesado, sesionando a modo de asamblea, con el fin de definir lineamientos de trabajo.
A partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la Secretaría de Cultura y Educación convocará a dichos integrantes a la reunión inicial del Consejo Municipal de Educación. Esta reunión tendrá lugar no más allá de los 45 días de la citada promulgación
El Consejo Municipal de Educación redactará su Reglamento Interno de funcionamiento, dentro de los 60 días de su primera reunión. Queda establecido que la participación de sus integrantes, será de carácter ad-honorem.
Además, el Departamento Ejecutivo deberá facilitar un espacio edilicio y apoyo administrativo para el funcionamiento del Consejo Municipal de Educación de la ciudad de Esquel, para lo cual creará una partida presupuestaria a partir del año 2019.