La agencia de delitos ambientales y maltrato animal realizó una inspección ocular con intervención interdisciplinaria donde la tecnología y la coordinación institucional fueron piezas clave. Se realizó el pasado jueves en la ladera noroeste del Cerro La Torta.
El equipo de la Fiscalía, integrado por la procuradora de la agencia de delitos ambientales, Cecilia Bagnato y técnica ambiental María Inés Vasallo, no trabajó en solitario. La operatividad de estas causas requiere un engranaje de especialistas que, en esta ocasión, integró a personal de la Secretaría de Bosques y efectivos del Escuadrón 36 de Gendarmería Nacional.
El dron como herramienta de prueba
Dada la dificultad topográfica y la extensión del terreno en el sector del refugio de montaña, se optó por el uso de una aeronave pilotada a distancia (RPA/RPAS) aportada por Gendarmería Nacional. Esta medida, autorizada por el juez, permitió obtener una perspectiva que el ojo humano a nivel del suelo no alcanza a dimensionar.
La utilización del dron no es meramente ilustrativa; tiene objetivos periciales específicos:
- Documentación del terreno: Mapeo de la traza de caminos y el estado del bosque nativo.
- Hidrografía: Localización de cursos de agua, tuberías, obras de desagüe y posibles rellenos.
- Identificación de activos: Ubicación de maquinaria y elementos de interés para la causa.
La operación aérea se realizó a una altura de entre veinte y ochenta metros, con una autonomía de vuelo de 60 minutos, garantizando así un registro preciso y reproducible que servirá como evidencia técnica fundamental para establecer si hubo o no, daño ambiental y de haberlo, su magnitud.
La garantía del procedimiento
La inspección se originó por una denuncia del intendente de Esquel, Matías Taccetta, tras un reporte de la Asociación de Montañistas sobre la presencia de maquinaria de una empresa privada en el Cerro La Torta.
“La medida buscó documentar de manera objetiva y actual el alcance de las intervenciones”, explicaron desde la fiscalía, enfatizando que la autorización judicial previa es vital para resguardar la validez del material probatorio. “La información precisa y circunstanciada hace a la fundamentación de la orden… no se trata de una autorización arbitraria”.
Fuente: Ministerio Público Fiscal.




















