Tras tres jornadas de intensas declaraciones y pruebas periciales, el juicio por la muerte de Walter Arturo Pardo ha llegado a su etapa decisiva. En los alegatos de clausura, las partes presentaron ante el jurado popular tres visiones distintas sobre lo ocurrido la madrugada del 16 de septiembre de 2024 en el barrio Alborada.

Mientras la querella sostiene que se trató de un homicidio simple sin atenuantes y la defensa busca la absolución alegando que el acusado actuó en legítima defensa propia y de terceros, la Fiscalía ha propuesto una postura intermedia: el homicidio con exceso en la legítima defensa.

El jurado pasó a deliberar, su decisión se conocería esta tarde.

La postura de la Fiscalía: Defensa justificada, pero reacción desmedida

El Ministerio Público Fiscal, basándose en el deber de objetividad que marca la ley, reconstruyó los hechos ocurridos en la vivienda de la familia Pardo. Según la fiscalía, quedó probado que la víctima, Walter Pardo, inició una serie de agresiones violentas bajo los efectos del alcohol (2.07 g/l).

La fiscalía fundamenta su pedido de condena por exceso en la legítima defensa (Art. 35 del Código Penal) bajo los siguientes puntos clave:

  • Existencia de una agresión real: Se acreditó que Pardo amenazó con matarse o “llevarse a alguno puesto” con un cuchillo, atacó el vehículo del imputado, Rodrigo Sánchez, y finalmente golpeó a Sánchez en la cabeza con una tabla de madera.
  • Necesidad de defenderse: La fiscal reconoció que Sánchez actuó para protegerse a sí mismo y a su pareja, quien se encontraba forcejeando con la víctima en una situación de peligro extremo.
  • El “exceso” en el medio empleado: El punto de quiebre para la fiscalía reside en la proporcionalidad. Sostienen que, si bien Sánchez tenía derecho a defenderse, el uso de un cuchillo para asestar una puñalada en el tórax fue una medida desproporcionada. Según el alegato, el acusado disponía de otras opciones menos letales para frenar la agresión, como un golpe de puño, el uso de un palo o un empujón.
  • “Esa reacción, si bien fue para defenderse… el haber utilizado un cuchillo para eso implica un exceso”, afirmó la fiscalía al cierre de su exposición.

Las posiciones contrapuestas: ¿homicidio o defensa legítima?

El jurado ahora debe sopesar esta postura frente a los dos extremos del arco legal:

La Querella: Argumenta que no existió tal provocación que justificara la muerte, sostiene que Pardo estaba muy alcoholizado y no representaba una amenaza. Bajo esta mirada, Sánchez debe ser condenado por homicidio simple, considerando que la acción fue directa y con intención de matar, sin que la situación previa alcance para exculparlo.

La Defensa: Sostiene que el imputado no tuvo otra alternativa. Para el defensor, no hubo exceso, sino una respuesta necesaria ante un hombre que estaba “sacado” y que ya había lesionado físicamente al acusado. Solicitan que se declare a Sánchez no culpable por actuar en legítima defensa.

Fuente: Ministerio Público Fiscal.