El fiscal Ezequiel Forti y la funcionaria Julia Mateo presentaron a la juez Fernanda Révori un acuerdo de juicio abreviado alcanzado con la defensora Carolina García. El imputado, Norman Darío Avalos, reconoció su responsabilidad en dos hechos por los que lo acusó la Fiscalía. Révori homologó el acuerdo, condenando a Ávalos a la pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional, pago de una multa, reglas de conducta y costas del proceso, por dos hechos calificados como abigeato, tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil y abuso de arma.
El 3 de abril del 2020, entre las 06-30 y 16 horas, Norman Darío Avalos, fue en un vehículo al Coto de caza Estancia la Escondida. Ingresó al predio a pie por la ruta provincial N° 72 (a la altura de la conocida vuelta del huevo). Avalos, portando un arma de fuego tipo fusil calibre 308, con mira telescópica sin contar con la autorización del RENAR, como así tampoco para cazar en dicho lugar, cazó una “cierva hembra”, la escondió debajo de un ñire para trasladarla posteriormente. Luego siguió caminando por el predio y pasando el Río Percey, cazó un ciervo macho, le quitó las aspas de la cabeza para llevarse el resto de la carne con cuero, dejando las patas. Habiendo concluida la faena del animal, se dirigió nuevamente a la curva del huevo. Una vez allí, Avalos dejó la carne del ciervo (que estaba en una mochila) en la caja y se dirigió a Trevelin por ruta 72. A la altura del mirador de esa ruta fueron detenidos por un control vehicular de personal policial de la división Abigeato, quienes constataron la presencia en el rodado de un arma de fuego y carne faenada, de lo cual ninguno de los ocupantes pudo justificar su legal tenencia y propiedad, por lo cual se procedió al secuestro vehicular. Posteriormente se determinó que ambos animales se trataban de ciervos colorados adquiridos en el criadero ALGAR S.A. ubicado en la Provincia de Neuquen y destinados a la realización de un Criadero y áreas de caza mayor en dicha Estancia enmarcado en la Ley Provincial XI N° 35 (antes Ley 5439) y su Decreto Reglamentario N° 185/09”.
El segundo hecho por el que fue condenado ocurrió el 25 de septiembre del 2021, alrededor de las 13 horas, en circunstancias en que un hombre circulaba a bordo de su bicicleta por Av. San Martín de Trevelin, a la altura de Ferretería Argentina, más precisamente desde calle Holdich hacia Juan Manuel de Rosas. Norman Avalos lo vio y le cruzo el auto en el que circulaba, haciendo que la víctima frene la bicicleta. Avalos bajó del vehículo portando un cuchillo y le arrojó al menos dos puntadas sin lograr lesionarlo, a la vez que le manifiesta “vos hiciste el video cuando me agarraron”. Un sujeto que circulaba en el auto con él, se bajó e intentó frenar la situación. Luego de esto se retiraron del lugar.