La fiscal María Bottini y el defensor Marcos Ponce, realizaron sus alegatos de cierre con miradas adversas sobre la prueba. Bottini pidió al juez José Luis Ennis que declare penalmente responsables a cinco imputados: Millanahuel y González, respecto de los que consideró acreditado que efectuaron disparos con armas de fuego, por el delito de tentativa de homicidio, en el caso de González agravado por ser la víctima personal policial y de manera subsidiaria abuso de armas. Millanahuel por el delito de agresión con toda arma, por arrojar piedras. Respecto de Curuhuala, y Andrade el delito de agresión con arma.
La fiscal pidió la absolución de Antichipay ya que no se probó su participación en el hecho, en tanto que no se expidió sobre la situación de Cayulef por haberse suspendido el debate a su respecto por un problema de salud. Ponce requirió la absolución de todos los imputados. El martes 9 se conocerá la decisión del juez.
Maximiliano Antichipay negó su participación en el hecho y las pruebas llevadas al debate no ofrecieron grado de certeza suficiente respecto de que hubiera estado en el lugar. Por el deber de objetividad del Ministerio Público Fiscal, Bottini pidió al juez que sea absuelto.
La alocución de la acusadora se dirigió a reconstruir los sucesos de acuerdo al relato de los testigos. En su criterio no se dieron los requisitos para que pueda considerarse legítima defensa, la conducta desplegada por José Luis Andrade, Walter Marcos Curuhuala, Héctor Millanahuel y Ángelo Jesus González.
Uno de los testigos víctimas, sostuvo que tiraban al grupo a matarlos, que no eran disparos al aire, que en su criterio habrían utilizado dos armas de fuego. Esa percepción es coincidente con lo que aportó en el debate otra testigo.
Las agresiones comenzaron esa noche cuando un menor de edad fue a la casa de los denunciantes, con Curuhuala y Millanahuel, quiso entrar por la fuerza a tomar, y al no poder hacerlo efectúan disparos con armas de fuego. La conflictiva venía dándose desde aproximadamente un mes “pasaban y les tiraban piedras, aparentemente por los perros, o por algún conflicto anterior. Al decir de los denunciantes, la intervención policial no era efectiva” refirió la fiscal.
Un testigo dijo que los policías “se les reían en la cara, no hacían nada y por eso ellos deciden dirigirse al lugar, en el afán que no los vuelvan a molestar, ya que les había generado impotencia y miedo todas las situaciones de violencia anterior y la inquietud de que volvieran armados habiendo un bebé en la casa”.
Una vez que los imputados salieron del domicilio, la policía dio la voz de alto, efectuaron disparos disuasorios, más los imputados lejos de calmarse continuaron con la agresión incluso contra la policía, hiriendo de bala a tres de los denunciantes y con piedras a dos policías. Según los dichos de los comisarios, era una situación violenta, fuera de lo común, de riesgo, que ameritó la intervención de refuerzos “no daban abasto”, dijo un oficial, y esto tuvo que ver con la actuación violenta y no justificada de los imputados.
Bottini resaltó que en este caso no se dan las condiciones para poder sostener una legítima defensa. Los damnificados no le causaron ninguna lesión a nadie, sólo tiraron piedras, y un hierro, pero no tenían armas de fuego, como pretendieron introducir los imputados, quienes además de armas de fuego (tres de ellos, Millanahuel, González y Manquillan), arrojaban piedras (curuhuala, Andrade).
Añadió la acusadora que sí había ánimo de agredir, teniendo en consideración la secuencia anterior en la casa de las víctimas, el cese de la agresión por parte de estas, la presencia policial y la continuidad de la violencia por parte de los imputados.
Planteó además Bottini, que los denunciantes tiraron piedras contra la vivienda de los imputados, no hacia las personas, “no estaba en juego la integridad física de persona alguna, y además ya había perdido actualidad la agresión, el medio utilizado no es el adecuado, ni tampoco es proporcional ya que frente a ello”.
El defensor Marcos Ponce, coincidió con la fiscalía en que son circunstancias fácticas complejas, pero esto no debe confundirse con un caso difícil. “Sostengo que la defensa cumplió con lo que dijo que quedaría probado” y pidió la libre absolución de todos los imputados.
Dice que el menor trató de entrar a tomar a la casa de las víctimas, con un arma de fuego y estas se defendieron. Insistió en que él fue el único que se encontraba en el lugar durante la primera secuencia de los hechos, es quién disparó. Ponce puso en duda la declaración testimonial de una joven que colocó a Millanahuel “a los tiros” en el lugar. “Hubo una agresión a la vivienda de las víctimas efectuada por el menor… Como consecuencia de ellos hubo una agresión al domicilio del menor, donde se encontraban Adrade y Héctor Millanahuel”, dijo Ponce.
A continuación planteó la situación que en su criterio habilitó a los imputados a actuar en legítima defensa. Se basó en los testimonios de sus defendidos, indicando que estos explicaron que salieron por adelante porque la puerta estaba cerrada. Detrás de los denunciantes venía la policía. “Entonces, ¿podemos cuestionarles la reacción de defenderse, de no acatar una orden policial que no hubo?. Nadie dijo que se haya tratado de calmarlos, de frenarlos…” El defensor público concluyó que no se probó la intención de agredir en cada uno de los imputados.
Fuente: Municipalidad de Esquel.