Este martes a las 16 horas se conocerá la sentencia del juicio contra la médica que realizó la interrupción legal de un embarazo a una joven de El Maitén, que falleció días después y por lo cual se la acusa por mala praxis. “No hubo imprudencia, negligencia, ni impericia de los deberes a su cargo”, aseguró el abogado Edgardo Manosalva, quien pidió la absolución de su defendida.
El abogado Edgardo Manosalva resaltó que su defendida cumplió con todo lo que es exigible para que la interrupción del embarazo sea legal. Sostuvo además que en el Hospital Zonal Esquel no se le procuraron adecuadamente antibióticos para el cuadro con el que ingresó, ni se le suministró con posterioridad la reposición de líquido suficiente para evitar el cuadro de deshidratación.
El letrado resaltó que no había una falla multiorgánica, no presentaba un cuadro compatible con una sepsis ginecológica. “Nunca presentó shock séptico, pese a lo que dice el certificado de defunción”, indicó.
Manosalva resaltó que no se demostró nexo causal entre la “interrupción legal del embarazo medicamentosa” con el posterior fallecimiento.
Fiscalía apunta a la mala praxis
Carlos Díaz Mayer, fiscal del caso, inició su alegato diciendo que se “ha logrado demostrar que la médica acusada, abusando de su profesión, llevó a cabo una práctica médica de manera deficiente”. Solicitó la imposición de una pena de un año de prisión en suspenso e inhabilitación especial por dos años si fuera encontrada responsable de aborto seguido de muerte, sino un año de prisión en suspenso y cinco años de inhabilitación médica si es declarada responsable por la calificación alternativa.
La querella con postura antiabortista
El abogado Juan Zapata hizo énfasis en la ilegalidad del aborto practicado por incumplir con las exigencias de la ley, pero además cuestionó el protocolo y citó juristas que avalan la teoría del inicio de la vida desde la concepción y la inconstitucionalidad de su interrupción intencional. Zapata concluyó que la médica actuó además con impericia.
Pidió al juez que declare la responsabilidad penal por aborto practicado por una profesional médica abusando de su ciencia y arte con el consentimiento de la mujer seguido de muerte, con la imposición de una pena de cinco años de prisión e inhabilitación especial por diez años.