Fue admitida la acusación pública y la prueba de las partes. El martes se sorteará el juez de juicio y se fijará fecha para su realización. El siniestro vial ocurrió en julio de 2017 en el que un hombre de 60 años resultó con fractura de clavícula.

La tarde del 14 de Julio de 2017 había condiciones climáticas adversas. La visibilidad estaba reducida por nieve y viento. Aproximadamente a las 18 horas el imputado, un joven de 19 años, conducía un Subaru por la Ruta Nacional N° 259 en sentido Sur-Oeste (desde Esquel hacia Trevelin). Sobre la calzada se había acumulado nieve y agua.

El fiscal Ezequiel Forti sostiene en la acusación que, debido a la falta de atención y prevención, teniendo en cuenta las condiciones climáticas y de la calzada, a 500 mts. del km 25, el conductor circulando a una velocidad no precautoria, perdió el control de su rodado y no alcanzó a efectuar una maniobra evasiva, colisionando por alcance con su parte frontal izquierda en el extremo posterior izquierdo de un Toyota Corolla, que circulaba en igual sentido frente a él. Producto del impacto, ambos vehículos realizan un movimiento de rotación en sentido antihorario y mientras el Corolla se traslada en sentido Surete, el Subaru lo hace en sentido Suroeste, llegando así a su posición final.

Como consecuencia del siniestro, el conductor del Corolla sufrió fractura de clavícula izquierda, lesión de carácter grave por producir una incapacidad laboral mayor a un mes.

Artículos de la Ley Nacional de Tránsito infringidos

La acusación sostiene que el imputado infringió el artículo 39, inc. B y el art. 50 de la Ley de Tránsito. ¿Qué establecen esos artículos?

ARTICULO 39. — CONDICIONES PARA CONDUCIR. Los conductores deben:

  1. b) En la vía pública, circular con cuidado y prevención, conservando en todo momento el dominio efectivo del vehículo o animal, teniendo en cuenta los riesgos propios de la circulación y demás circunstancias del tránsito.

ARTICULO 50. — VELOCIDAD PRECAUTORIA. El conductor debe circular siempre a una velocidad tal que, teniendo en cuenta su salud, el estado del vehículo y su carga, la visibilidad existente, las condiciones de la vía y el tiempo y densidad del tránsito, tenga siempre el total dominio de su vehículo y no entorpezca la circulación. De no ser así deberá abandonar la vía o detener la marcha.