Este viernes, muy temprano, un sujeto forcejeó con una mujer para sustraerle la cartera. Participó del robo una niña. El sujeto fue aprehendido por la policía, se recuperó la cartera con todo su contenido y fue llevado a una audiencia de control de la detención y formalización de la investigación. A pedido de la Fiscalía, el juez Jorge Criado dispuso su prisión preventiva.

Eran las 6.55 horas del viernes. Una mujer circulaba por la intersección de las calles Mitre y Chacabuco, cuando fue sorprendida por un hombre que le exigió la entrega de la cartera. La víctima se negó y forcejeó con el sujeto para evitar el arrebato. Cayó al suelo, el atacante la inmovilizó y le indicó a una niña que lo acompañaba que le saque la cartera. Luego ambos se dieron a la fuga.

La damnificada dio inmediato aviso a la policía, indicando la dirección en la que se dirigió el sujeto y sus características físicas. Los uniformados dieron con él, la víctima lo reconoció inmediatamente y pudo recuperar lo robado.

Por la mañana se realizó una audiencia en los Tribunales de Esquel, en la que el juez Jorge Criado declaró legal la detención y formalmente abierta la investigación. El funcionario de turno, Carlos Richeri, pidió que se imponga una medida de prisión preventiva por un plazo de 15 días, indispensable para la realización de medidas que podrían ser obstruidas por el imputado. En los fundamentos del pedido indicó que el imputado fue declarado rebelde en otro proceso en su contra por no presentarse a una audiencia preliminar a la que había sido citado. En ese proceso, dos días atrás se realizó una audiencia en la que se le otorgó una Suspensión de Juicio a Prueba, entre cuyas exigencias está la de no cometer nuevos delitos. Una vez probado este nuevo hecho, se interrumpirá la suspensión de juicio, debiéndose retomar ese proceso penal.

El hecho fue calificado provisoriamente como constitutivo del delito de Robo agravado por ser perpetrado con la participación de un menor de edad.

El defensor, Bruno Deias, se opuso al dictado de la prisión preventiva, indicando que no existe riesgo real de fuga ya que el imputado tiene arraigo en la ciudad y siempre pudo ser localizado cuando fue requerido por la justicia. También indicó que no se argumentó en relación al riesgo de entorpecimiento procesal.

El juez entendió que hay elementos suficientes en esta etapa para presuponer que sería el autor del robo y también que existe riesgo de fuga. Criado entendió que el plazo de 15 días de prisión preventiva resulta proporcional y la medida de coerción, en este caso, es necesaria.