En el marco de la última sesión ordinaria, el Honorable Concejo Deliberante de Esquel aprobó el funcionamiento de las Ferias Públicas Populares en los distintos barrios de la ciudad.

Se entiende como “Feria Pública Popular”a un evento económico, social o cultural -permanente o  temporal-  en un lugar fijo.

Los feriantes son los propietarios de los puestos desmontables que utilizarán para la comercialización de productos de elaboración artesanal propia; elementos de uso familiar de segunda mano (ropa usada en buen estado de conservación e higiene; artículos de bazar, pequeños muebles),  alimentos de manufacturación propia y venta de frutas y verduras de huertas.

Las Ferias Públicas Populares funcionarán en lugares públicos -previamente autorizados por la autoridad competente del Departamento Ejecutivo Municipal-  o en predios privados, contando para ello con la autorización de sus dueños.

El número de puestos será acordado con la Comisión Organizadora y el Departamento Ejecutivo Municipal, el cual contará con un equipo de coordinadores de ferias populares.

La ordenanza también establece todos los requisitos y obligaciones  que deben cumplir los feriantes, así como los horarios de las ferias, alimentos a comercializarse, funciones   de la Unidad de Gestión (autoridad de aplicación de las ferias) y las prohibiciones en estos eventos.