Homicidio de Solís: 13 años de prisión, costas y pago de más de un millón de pesos

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El tribunal conformado por Martín Zacchino, Nelly García y Martín O’ Connor, dio a conocer esta tarde la sentencia en el juicio por el homicidio de Javier Solís. Eulogio Muñoz fue condenado a cumplir la pena de 13 años de prisión, pago de costas del juicio, honorarios de abogados y a abonar a los familiares directos de Solís la suma de $1.126.177, en función de la demanda civil. Cuando la sentencia quede firme, la familia de la víctima participará del control de la ejecución de la pena. El tribunal dispuso la continuidad de la prisión preventiva.

Javier Solís tuvo una muerte violenta el 16 de septiembre del año pasado, sobre la Ruta 71 entre Cholila y la Villa del Lago Rivadavia. Eulogio Gabriel Muñoz fue declarado penalmente responsable por el tribunal y ahora condenado a la pena de 13 años de prisión más costas. El fiscal Marcelo Crettón había requerido la pena de 14 años, el abogado de la querella, José María Venancio pidió 20 años, en tanto que el defensor Aníbal Esteban Orellano, solicitó la imposición del mínimo legal, 8 años.

El tribunal fundó su resolución en el análisis de agravantes y atenuantes.

Imposición de un pago millonario

Los familiares directos de Solís demandaron civilmente al imputado, pero este no contestó la demanda. El reclamo fue llevado por la querella al debate penal y los jueces le hicieron lugar.

La sentencia será revisada por la Cámara Penal y podría tener otras instancias de revisión. En caso de quedar firme, el condenado tendrá un plazo de diez días para pagar la suma de id=”mce_marker”.126.177 (un millón ciento veintiséis mil ciento setenta y siete pesos), más intereses, a los familiares consignados. A esto se suman las costas del juicio, el pago de honorarios de abogados por su intervención en la cuestión penal y también en relación a la demanda civil.

Las víctimas en el control de la ejecución de la pena

En el proceso antes no era relevante la posición de las víctimas, con las últimas reformas los damnificados (quienes revistas la calidad de víctima como lo establece el Código) pueden decidir si quieren participar o no del control de la ejecución de la pena.

Dicho control se relaciona con la definición del lugar de detención, progresividad de la pena y acceso a beneficios como salidas transitorias o incluso la libertad condicional.